Tribunal Supremo otorga el permiso de maternidad al marido de una abogada

El Tribunal Supremo (TS) ha otorgado por primera vez el derecho al permiso de maternidad de 16 semanas por el nacimiento de su hija a un juez casado con una abogada por cuenta propia, que no pudo disfrutar del permiso.

La sentencia del 28 de junio de 2018 estima el recurso interpuesto por el magistrado contra el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que concedió al magistrado un permiso de diez semanas y no de 16.

Anteriormente, el presidente del Tribunal Superior de Galicia (España) le denegó una licencia por maternidad por ausencia de previsión legal y reglamentaria que amparase tal derecho. El magistrado, no conforme con el permiso de diez semanas, presentó un recurso contencioso-administrativo ante el TS que le da la razón.

De hecho, la sentencia indica que “la interpretación que el CGPJ que ha dado el acuerdo recurrido a la normativa aplicable no se debió detener, sin embargo, en la simple concesión del permiso de diez semanas, sino que debió conceder al recurrente las 16 semanas que solicita”.

Por otro lado, el TS decidirá si la prestación por maternidad debe pagar el IRPF. De hecho, la decisión viene como consecuencia de la sentencia del TSJ Madrid de 6 de julio de 2016 (EDJ 128390) que dio la razón a la  al entender que la exención contenida en el art. 7 h) de la LIRPF alcanzaba también a las prestaciones por maternidad del INSS.

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