Un empleado de recursos humanos de un banco húngaro recibió el amparo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) al determinarse que en su caso se había producido una violación del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativo a la libertad de expresión.
El trabajador escribió y publicó en su página web artículos relacionados con el sector bancario y la empresa consideró que debía despedirlo.
El tribunal, basado en Estrasburgo, determinó que los tribunales nacionales de Hungría no realizaron un ejercicio adecuado sobre este asunto.
En la sentencia, rechaza que hayan “equilibrado el derecho del solicitante a la libertad de expresión con el derecho del banco a proteger sus intereses comerciales legítimos”. El juzgado que estudió el caso entendía que no podía acogerse a esta libertad de expresión por ser aportaciones que no eran “de interés general”.
Pero, el TEDH consideró que el afectado sufrió una pena severa, ya que había perdido su trabajo sin ninguna evaluación de una medida menos grave.
“No se tuvo en cuenta en ningún momento que las cuestiones planteadas en el sitio web habían pertenecido a un profesional y había tenido como objetivo compartir conocimientos”, apunta el fallo de Estrasburgo.
Y tampoco el empresario manifestó claramente que hubiera hecho intentos de parar el discurso en cuestión, que aseguran que podría haber afectado negativamente al banco.
Mientras que el empleado alegaba que sus artículos tocaban cuestiones de interés profesional y público, ya que se habían relacionado con cambios en las regulaciones del impuesto sobre la renta personal, aunque de manera general y no de una forma que tuviera una conexión directa con su empleador.