El juzgado encargado de investigar el devastador incendio del edificio de Campanar, en Valencia, ha rechazado reabrir la causa al considerar que el nuevo informe presentado por los afectados no aporta pruebas diferentes o relevantes que permitan modificar las conclusiones ya alcanzadas durante la investigación judicial.
El incendio, ocurrido el 22 de febrero de 2024, dejó un balance de diez personas fallecidas y conmocionó a toda España por la rapidez con la que las llamas arrasaron el inmueble residencial situado en este barrio valenciano.
El magistrado responsable del caso considera que el documento pericial aportado recientemente por varios afectados contiene interpretaciones que ya fueron analizadas anteriormente tanto por el juzgado como por la Audiencia Provincial de Valencia.
La investigación ya había sido archivada
La causa judicial fue archivada de forma provisional en mayo de 2025 después de que el instructor concluyera que el incendio tuvo un origen accidental y que no existían indicios de delito ni responsabilidades penales atribuibles a personas concretas.
Esa decisión fue posteriormente confirmada tanto por el propio juez como por la Audiencia Provincial de Valencia, que respaldó el cierre de la investigación tras estudiar los recursos presentados.
Sin embargo, varios perjudicados solicitaron meses después la reapertura del procedimiento apoyándose en un nuevo informe elaborado por una empresa especializada en investigación de incendios.
El juez descarta novedades relevantes
En el auto judicial notificado a las partes, el magistrado explica que para reabrir una causa ya archivada es necesario que aparezcan nuevos datos o pruebas que no hubieran sido conocidas durante la investigación original.
Según el juez, el informe presentado ahora no cumple ese requisito porque las cuestiones técnicas y las interpretaciones que recoge ya fueron valoradas durante la instrucción inicial del caso.
La resolución recoge además el criterio de la Fiscalía, que también se opuso a reabrir las diligencias al entender que no existen elementos nuevos que alteren las conclusiones previas.
El edificio cumplía la normativa vigente
Uno de los aspectos clave del procedimiento era determinar si el edificio cumplía o no la normativa de seguridad contra incendios en el momento de su construcción y concesión de licencias.
Tanto la Fiscalía como el juez destacan que durante la investigación varios técnicos y responsables municipales confirmaron que el proyecto se ajustaba a las normas vigentes cuando el Ayuntamiento autorizó la obra y posteriormente concedió la licencia de primera ocupación.
El auto recuerda que la normativa aplicable en ese momento era el Real Decreto 2177/1996, una referencia legal que ya había sido validada anteriormente por la Audiencia Provincial.
Para el magistrado, la nueva pericial presentada por los afectados plantea principalmente una interpretación distinta de esa normativa, pero no incorpora hechos inéditos ni pruebas concluyentes que justifiquen la reapertura del procedimiento.
Posibilidad de recurso
Pese a esta nueva decisión judicial, los afectados todavía pueden recurrir el auto mediante un recurso de reforma en el plazo de tres días.
El incendio de Campanar se convirtió en uno de los sucesos más impactantes vividos en Valencia en los últimos años debido a la velocidad de propagación de las llamas y a la magnitud de la tragedia, generando un intenso debate social sobre la seguridad en edificios residenciales y los materiales utilizados en las fachadas.