¿Qué sucede si el teletrabajador sufre un accidente en su domicilio en horario laboral?

Una de las preguntas que más nos realizan los usuarios es la que da título a este artículo, quién tiene la responsabilidad, empresa o trabajador, si el empleado sufre un accidente mientras teletrabaja en su casa. A continuación, os desgranaremos las diferentes situaciones y quién tendría que hacer frente a dicho accidente.

En primer lugar existe la problemática de donde sucede el accidente y con que, es decir, el accidente sucedió en el hogar donde se trabaja y con material aportado por la empresa o realizando trabajo para la empresa, o sucedió bajando al bar a desayunar. Sin embargo, también surge la pregunta de que, estando en la oficina, si tienes un accidente acudiendo al baño o desayunando, se considera accidente laboral, porque no en el hogar.

Por lo tanto hay que remitirse a la ley de prevención de riesgos laborales. Hay que distinguir la zona de trabajo de las zonas comunes o zona privada del trabajador.

Con esta ley en mano si el trabajador tiene el accidente desayunando o acudiendo al baño se considera zona privada del trabajador, por lo que la empresa está exenta de cualquier responsabilidad, sin embargo si tenemos la lesión de codo de tenista a causa del trabajo, si que tiene responsabilidad la empresa.

Lo importante en estos casos es que se tenga claro la diferenciación de zona de trabajo y zona privada del trabajador, un accidente en la cocina de casa difícilmente se va a considerar que la empresa tenga una responsabilidad. De todas formas siempre se hará una investigación del caso para dar la solución más justa.

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Cristina Pérez

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