La justicia europea ha aprobado el límite de edad de 65 años que marca la legislación comunitaria para los pilotos en vuelos comerciales tanto de pasajeros como de carga. De hecho, el Tribunal de Justicia ha asegurado que está justificado prescindir de los servicios ‘para garantizar la seguridad en la aviación civil’.
De esta manera, el Tribunal europeo ha dado a conocer la nueva ley tras el caso de un comandante de Lufthansa, también formador de la aerolínea, al cual se le negó el empleo a partir del momento en que éste cumplió los 65 años. El piloto denunció a la aerolínea por discriminación por razón de edad y vulneración de la libertad profesional.
Por eso, los pilotos que superen la edad de 65 años podrán intervenir en vuelos en vacío o de traslado, ‘siempre y cuando hayan sido efectuados en el marco de la actividad comercial de una compañía aérea en los que no se transporten ni pasajeros, ni carga, ni correo’.
Además, el Tribunal ha admitido también que los pilotos mayores de 65 años puedan ejercer actividades como la de instructor y examinador sin formar parte de la tripulación del vuelo.
La sentencia reconoce que delimitar a los 65 años supone una diferencia de trato por razón de edad, sin embargo considera innegable que las capacidades físicas necesarias para ejercer la profesión de piloto disminuyen con la edad.