Una sentencia del TSXG niega que los capellanes de los hospitales gallegos puedan formar parte del personal del Sergas

4 capellanes del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense habían presentado un recurso para que fueran considerados parte del personal del Sergas, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado dicho recurso, rechazando que los capellanes puedan ser considerados personal laboral del Servicio Gallego de Salud (Sergas).

La resolución del 26 de mayo indica que la actividad «ni coincide con la propia del Sergas -la aconfesionalidad del Estado así lo impide- ni el Sergas puede impartir órdenes y directrices en su ejecución, algo que solo cumple el obispo, que es, además, el que designa y cesa a los capellanes». El Tribunal apunta que «sin duda, las prestaciones que derivan de la asistencia religiosa, al tener naturaleza espiritual, son ajenas a la competencia del Estado y por ello su fijación corresponde de forma exclusiva a las autoridades eclesiásticas, pues, en otro caso, se estaría infringiendo el principio de laicidad del Estado consagrado en la Constitución».

De esta forma el Tribunal niega a los capellanes la opción de poder formar parte del servicio público de salud gallego, ya que, no dan un servicio esencial para la salud de los pacientes.

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Cristina Pérez

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