Al cumplirse 40 años de la primera Ley del Divorcio en España, los juzgados han tramitado 3.658.530 procedimientos (hasta finales de 2020). También ha habido 4.754 actos de nulidad matrimonial.
El total es de 3.663.284 expedientes judiciales de disolución matrimonial.
La tasa media nacional ha sido de 86,8 disoluciones por cada 1.000 habitantes. Este número se obtiene al poner en relación el número de procedimientos de disolución con la media de población de todo el periodo analizado.
El Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) realizó el análisis de los datos y aseguró que se tomó en cuenta el marco legal de todo el periodo.
En España, desde 1939 hasta 1981, la única disolución posible del matrimonio era la muerte o declaración de fallecimiento o la nulidad (canónica en la mayoría de los casos), que no es propiamente una disolución sino la desaparición del vínculo matrimonial con efectos retroactivos.
Fue la entrada en vigor de la Ley 30/1981, de 7 de julio, la que volvió a permitir en España el divorcio como causa de disolución del matrimonio mediante la modificación del Código Civil.