TJUE: Es discriminatorio sistema pensiones para temporales

La reducción del importe de una pensión de jubilación, en una proporción mayor a la que corresponde por sus períodos de ocupación a tiempo parcial, no puede considerarse justificada, consideró el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La justificación no puede estar dada por el hecho de que sea, “la contraprestación de una prestación de trabajo de menor entidad“, explicó en la sentencia del 8 de mayo de 2019, la ponente Alexandra Prechal.

La magistrada estima que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León es quien debe apreciar si los datos estadísticos relativos a la distribución de trabajadores de sexo masculino y femenino aportados ante él son válidos, representativos y significativos, ya que de ser mayoritario el número de mujeres, estaríamos ante una discriminación por razón de sexo, lo que agravaría el problema.

Mientras llegan esos datos estadísticos, el TJUE concluye que la normativa nacional controvertida coloca a las mujeres en una posición particularmente menos ventajosa que la de los hombres, por lo que esta normativa sería contraria a la Directiva, salvo que esté objetivamente justificada.

0 Reviews

Write a Review

Alejandro Villalobos

Read Previous

Formación obligatoria de 50 horas para empleados bancarios

Read Next

Seoane Spiegelberg, nuevo magistrado de la Sala Primera del TS