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Error judicial rechazar demanda ingresada minutos antes de finalizar plazo

Fue un error judicial que el juez no admitiera una demanda interpuesta pocos minutos antes de finalizar el último día hábil del plazo legal.

La decisión fue de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sobre un caso en el que la sentencia del juez del Juzgado de Primera Instancia 1 de Valdés, Asturias, fue declarada error judicial.

El documento entró a la plataforma LexNet a las 22.40 horas del 20 de febrero de 2018, a una hora y veinte minutos de finalizar el último día hábil.

El juez en cuestión interpretó que la demanda interpuesta por un ciudadano contra la Caja Rural de Asturias, en reclamación de 821,05 euros por honorarios impagados, fue presentada fuera del horario hábil, establecido entre las 8 de la mañana y las 8 de la tarde en el artículo 130.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC).

Pero, en su sentencia, la Sala de lo Civil del Supremo recuerda el artículo 135.5 de la LEC que dice que “la presentación de escritos y documentos, cualquiera que fuera la forma, si estuviere sujeta a plazo, podrá efectuarse hasta las quince horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo”.

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Alejandro Villalobos:
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