Una aseguradora ha sido condenada a indemnizar a una pizzería por las pérdidas durante el confinamiento

Una pizzería de Girona ha conseguido que su aseguradora tenga que indemnizarlos por las pérdidas causadas por el confinamiento que sufrimos en España entre los meses de marzo y mayo de 2020 a causa de la pandemia del coronavirus.

En el contrato entre aseguradora y asegurado no existía ninguna cláusula que indicase que se debía indemnizar a la pizzería si una pandemia afectaba al negocio, sin embargo, el magistrado que llevó este caso, Fernando Lacaba Sánchez, considera que sí. La sentencia indica:

“La cuestión a resolver es de naturaleza eminentemente jurídica y consiste en determinar si la paralización de un negocio de restauración a consecuencia de la legislación estatal dictada por la pandemia del COVID-19, está o no cubierta en el concreto seguro analizado. Se adelanta que la respuesta debe ser positiva”.

La propietaria de la pizzería había contratado la póliza del seguro el día 13 de febrero de 2020. Esta póliza contemplaba diferentes escenarios, entre ellas se encontraba un apartado especial por «paralización de actividad» que ascendía a 200 euros/día de indemnización por un periodo de 30 días, sin franquicia. Una póliza por la que pagó 57,39 euros.

A este apartado ha sido por el cuál la dueña del negocio decidió acudir a juicio, finalmente, ha conseguido que la aseguradora le indemnice.

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Cristina Pérez

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