Cuentas bancarias: los bancos no cobrarán más de 3 euros de comisión

El pasado 5 de marzo el BOE ha publicado la Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero relacionado con cuentas de pago básicas, requisitos de los sitios web de comparación y procedimiento de traslado de cuentas de pago.

Entrará en vigor el próximo día 25 de marzo estableciendo un máximo de 3 euros de comisión por los servicios incluidos en el contrato de cuenta de pago básica. Además, las entidades no podrán cobrar bajo ningún concepto, por el traslado de cuenta, siendo esta operación totalmente gratuita.

Gastos máximos y comisiones

Aparte de no cobrar ninguna comisión por la prestación total de los servicios incluidos en la cuenta, no se va a repercutir coste alguno ni cargar gastos al cliente. Existe la excepción de un cobró máximo de 3 euros en el cobro mensual al cliente en los siguientes aspectos: depósito de fondos en efectivo en euros; apertura, uso y cierre de cuenta; retiradas de dinero en efectivo, bien en cajeros u oficinas situados en España u otros países que pertenezcan a la Unión Europea; operaciones de pago a través de una tarjeta de prepago o débito;  y por último hasta un límite de 120 operaciones de pago anuales en euros dentro de la UE, siempre y cuando sean pagos relacionados con transferencias o de adeudos domiciliados.

Las entidades bancarias darán conocimiento de manera gratuita al público en cualquier de sus establecimientos, en sus páginas webs y demás canales de distribución. La información básica que deberán ofrecer será las características y descripción de los servicios que se incluye en la cuenta de pago básica, el conocimiento de que la disposición de dicha cuenta de pago básica no obliga a la adquisición de otros servicios propios de la entidad, así como el procedimiento a seguir para abrir una cuenta de pago básica.

El servicio de traslado de cuentas de pago entre los distintos proveedores de servicios de pago en España, será gratuito para el cliente y para el proveedor de servicios de pago receptor. Si hay más de dos titulares en dicha cuenta, el traslado tendrá que ser solicitado por ambos.

Días atrás también publicó el BOE la nueva ley relacionada con la incapacidad temporal de los fiscales.

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Redacción

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