Las medidas sanitarias en Aragón no cuentan con aval del TSJ

Los magistrados de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón no ratifican la prórroga de las medidas adoptadas por el Gobierno de Aragón en materia de movilidad por razones de salud pública.

Son medidas especiales para la contención del rebrote de COVID-19 en el municipio de Andorra (Teruel).

La petición al TSJA de ratificación de medidas fue presentada por el Gobierno de Aragón el viernes 2 de octubre, un día después de que se acordara el levantamiento (ORDEN SAN/937/2020 publicada en el BOA el 1 de octubre) de las medidas adoptadas el 10 de septiembre (SAN/846/2020) que restringían la movilidad en el municipio de Andorra por las mismas razones.

El tribunal advierte de que “resulta inaceptable lo ocurrido, puesto que, además de no dirigirse al órgano competente, se pidió la ratificación en el Juzgado el 29-9-2020 a las 8:22:30 de la mañana, en el cuarto día de la eficacia de la orden, que se iniciaba el 26 de septiembre a las 00:00 horas”.

Y recuerda que “la restricción de derechos fundamentales exige, en los preceptos que expresamente se menciona en la Constitución Española, la previa autorización judicial”.

En otro punto, el TSJ de Aragón puntualiza que existe una diferencia entre autorización y ratificación.

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Alejandro Villalobos

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