Los reclamos más comunes en el segmento de la protección de datos hechos por los ciudadanos se refieren a servicios de internet (16%), inserción indebida en ficheros de morosidad (15%), videovigilancia (12%), recepción de publicidad (excepto spam) (7%) y reclamación de deudas (6%).
Es lo que surge de la Memoria 2020, presentada por Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en la que la institución recoge de forma exhaustiva las actividades realizadas y que engloba en cifras de gestión, tendencias destacadas, decisiones y procedimientos más relevantes del año, además de un análisis de los retos presentes y futuros.
En 2020, se resolvió el 77% de las reclamaciones después de haber procedido al traslado. Así, se han resuelto 2.157 reclamaciones como consecuencia de haberse obtenido, tras el traslado, una respuesta satisfactoria del responsable o del encargado del tratamiento, se indica en una nota de prensa.
En 2020 la Agencia ha dictado 393 resoluciones sancionadoras (un 16% más que el año anterior), aunque de ellas sólo se impuso una sanción económica en 172. Las áreas más frecuentes en los procedimientos sancionadores son videovigilancia (24%), servicios de internet (19%), Administraciones Públicas (10%) y telecomunicaciones (7%).
Por su parte, los sectores más sancionados con multa son las entidades financieras/acreedoras (5.045.000 euros) y las telecomunicaciones (1.009.000 euros). Ambos aglutinan el 76% del importe global de sanciones, que en 2020 ascendió a 8.018.800 euros, un incremento en cuantía del 27% respecto a 2019, año en el que el importe de las multas había descendido un 52% respecto a 2018.