Las renegociaciones que puede hacer el banco con sus clientes en relación a las cláusulas suelo son válidas como estrategia para no acudir a los tribunales.
La premisa es del Abogado General de la Unión Europea, Saugmandsgaard Øe, quien avaló estas negociaciones, en las conclusiones que presentó al magistrado pues considera que, en estos casos, el cliente ha podido negociar con la entidad y que estas actuaciones para evitar la vía judicial son transparentes, siempre que la cláusula nueva pase el examen de abusividad de la Unión Europea.
Las conclusiones del Abogado General, que en más del 90% de los casos coinciden con la sentencia final del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, subrayan que “el cliente es libre de firmar dicho contrato o bien negarse a ello y recurrir a la vía judicial”.
De tomar esta decisión, la Justicia europea legitima además los acuerdos privados entre el banco y el cliente sobre cláusulas suelo para evitar acudir a los tribunales y confirma la posición del Tribunal Supremo español. “Estos pactos tienen una eficacia vinculante respecto al consumidor, siempre que medie el consentimiento libre e informado de este último a tal acuerdo”, señala el Abogado General.