Los trabajadores temporales en la administración del Principado de Asturias tienen derecho a la carrera profesional y percibir el complemento salarial, según lo ha ordenado el Tribunal Supremo.
Dicho complemento de la carrera debe ser en los mismos términos y condiciones en que lo hace el personal laboral fijo.
En la sentencia del 6 de marzo de 2019, el máximo Tribunal analiza si es conforme a derecho excluir a los contratados temporales de la administración del Principado de Asturias de la aplicación de la normativa sobre desarrollo de carrera profesional, cuando sin embargo se ha pactado en un acuerdo colectivo su extensión al personal laboral fijo en iguales condiciones que a los funcionarios.
El fallo del ponente Moralo Gallego concluyó que “no hay razones objetivas que justifiquen la exclusión de los trabajadores temporales del sistema de carrera profesional horizontal en los mismos términos que se aplica a los trabajadores fijos“.
De esta manera, el TS desestimó el recurso del Principado contra la sentencia del 13 de octubre de 2017, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que estimó las demandas de conflicto colectivo en esta materia planteadas por CCOO y CSIF.