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Indemnizada una mujer por prisión indebida 579 días después

Fueron 579 días los que pasó detenida una mujer, acusada del homicidio de su bebé recién nacido, y que ahora el Tribunal Supremo le ha dado la razón que fue prisión indebida.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo le reconoció a la mujer el derecho a cobrar una indemnización de 60.000 euros del Estado, y no 400.000 euros, como había reclamado.

Estuvo en una cárcel de Melilla y después de dos juicios fue absuelta.

El proceso fue largo, así lo resume la Sala en un comunicado: Un juzgado de Melilla acordó la prisión preventiva de la joven por un presunto delito de homicidio el 27 de diciembre de 2012 hasta el 28 de julio de 2014. Tras ser puesta en libertad, se le impuso una comparecencia “apud acta” semanal que después pasó a ser quincenal.

Un Tribunal del Jurado de Málaga la condenó por un delito de homicidio. Esta sentencia fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ordenó repetir el juicio. En el segundo juicio la mujer fue condenada a dos años y medio de prisión por otro Tribunal del Jurado por un delito de homicidio imprudente.

El fallo fue confirmado por el TSJA, pero la Sala Segunda del Tribunal Supremo lo anuló al estimar el recurso de casación de la mujer y acordar su absolución por vulneración del derecho a la presunción de inocencia al no estar adecuadamente probado que la muerte del bebé se produjera por la conducta omisiva de la acusada.

Luego de todo esto, la mujer solicitó una indemnización de 400.000 euros al Ministerio de Justicia por el tiempo que pasó en prisión preventiva de forma indebida. Su petición fue denegada; decisión que fue confirmada posteriormente por la Audiencia Nacional. Pero recurrió ante el Tribunal Supremo que en esta sentencia estima su recurso.

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Alejandro Villalobos:
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