UE reglamenta sentencias por patria potestad discrepantes

A través de un nuevo Reglamento, la Unión Europea impedirá resoluciones discordantes ente países sobre asuntos de divorcio y responsabilidad paternal o patria potestad.

La decisión, publicada ya en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), regula lo que ya ocurre actualmente entre ciudadanos de distintos Estados de la Unión en casos de divorcios y derechos de los hijos.

Los litigios familiares sobre la responsabilidad parental en matrimonios entre ciudadanos de distintos Estados de la UE tendrán una regulación armonizada sobre la competencia de los juzgados para evitar los actuales litigios originados porque cada uno de los padres quiere llevar los procedimientos a su país de origen o de residencia.

“El propio Reglamento busca no convertirse  en un obstáculo cuando los progenitores acepten, de común acuerdo, la competencia exclusiva a los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro”, se indica en una nota de prensa.

El Reglamento 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sobre la sustracción internacional de menores, que entrará en vigor el 1 de agosto de 2022, para que las normativas de los Veintiocho se adapten a las nuevas exigencias legales.

La libre circulación de ciudadanos en Europa ha fomentado la creación de familias internacionales, en las que los padres tienen nacionalidades distintas o viven en un Estado distinto del país del que son nacionales. Cuando surgen litigios familiares, en particular en lo que respecta a los hijos, esto puede provocar dudas acerca del país en el que se debe juzgar el caso y acerca del efecto transfronterizo de cualquier resolución al respecto.

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Alejandro Villalobos

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