El juez rechazaría el perdón si la víctima es menor o discapacitado

Cuando la víctima sea menor o una persona con discapacidad, el juez podrá rechazar el perdón al agresor como causa de extinción de la responsabilidad penal. Esta premisa está incluida en el Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

El texto de este anteproyecto fue avalado el Pleno del Consejo del Poder Judicial (CGPJ), en un informe aprobado por unanimidad, del que es ponente el vocal Juan Manuel Fernández.

Antes de tomar la decisión, el juez debe oír al representante del menor o persona con discapacidad. Según la futura norma, además de oír al representante, deberá oír al menor si tiene capacidad para expresarse y más de 12 años.

Además, el proyecto establece que el plazo de prescripción de los delitos de abuso sexual, explotación sexual, pornografía infantil y trata de seres humanos, entre otros, cuando la víctima es menor de edad, se contabilizará a partir del momento en el que la víctima cumpla 30 años y no, como hasta ahora, cuando adquiera la mayoría de edad.

La futura ley elevará de 13 a 16 años la edad de la víctima de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales (prostitución, explotación sexual y corrupción de menores), cambio que el CGPJ aprueba en su informe en cuanto supone la transposición de la normativa europea.

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Alejandro Villalobos

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