Conozca las nuevas medidas fiscales por la emergencia económica 

Un nuevo Real Decreto-ley establece tres medidas fiscales para adaptarse a la situación de emergencia económica y social ocasionada por la pandemia de coronavirus.

Se trata del Real Decreto 39/2020, que modifica el artículo 7, letra y de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que declara exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el ingreso mínimo vital en iguales condiciones que las demás prestaciones públicas sociales establecidas por las CCAA y otras entidades locales para atender a colectivos en riesgo de exclusión social.

Tanto el ingreso mínimo vital como estas otras ayudas quedan exentas hasta un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples.

También se amplía el crédito al Ministerio de Hacienda (artículo 2) por importe de 638.000.000 de euros con cargo a la deuda pública, para dar un cumplimiento urgente a la sentencia del Tribunal Supremo 1404/2020 y otras sentencias de responsabilidad patrimonial del Estado, de obligada ejecución en plazo.

Además, se incluye una nueva DT 8ª en la Ley 19/1994, de 6 de julio (Disposición final segunda), de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias para ampliar en un año los plazos para efectuar la materialización de la reserva para inversiones en Canarias (RIC) dotada con beneficios obtenidos en períodos impositivos iniciados en el 2016 y para las inversiones anticipadas realizadas en 2017.

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Alejandro Villalobos

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