Suspensión de vista si el abogado debe cuidar a familiar con Covid-19

Es causa de suspensión de la vista el hecho de que el abogado deba cuidar a algún familiar que padece COVID-19.

Lo decidió la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, y aplica, además, en el caso en el que se encuentren en cuarentena preventiva por contacto con otras personas que hayan padecido la enfermedad.

A juicio de la Sala, la circunstancia podría encajar en los supuestos del artículo 185.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Aunque deberá ser el órgano judicial el que tome la decisión en ejercicio de sus competencias.

El TSJA informó que la Sala de Gobierno ha alcanzado este acuerdo en su última reunión a la vista de los escritos presentados por los Colegios de Abogados de Oviedo y Gijón.

Ambos Colegios solicitaban que estas situaciones fueran equiparables a los supuestos legalmente previstos para la suspensión de las vistas, señalamientos, plazos procesales y diligencias que no resulten de carácter urgente.

Además, en respuesta a otra petición del Colegio de Procuradores de Oviedo, ha recomendado que se avise a dichos profesionales cuando vayan a ser dispensados de acudir al juicio por razones de aforo de las salas debido a la situación de pandemia.

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Alejandro Villalobos

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