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Cambios en el IVA para bienes intracomunitarios

A través de un proyecto de Real Decreto, el Ministerio de Hacienda prepara una modifica al Reglamento del IVA para incluir las últimas medidas comunitarias, que exigen justificar la expedición o transporte de los bienes al Estado miembro de destino.

Esta expedición o transporte podrá realizarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho y, en particular, aplicando el sistema de presunciones incorporado al ordenamiento jurídico por el Reglamento de Ejecución 282/2011.

El cambio es prácticamente automático, puesto que la aplicación de la exención en las entregas intracomunitarias de bienes exige necesariamente que los bienes sean expedidos o transportados a otro Estado miembro.

El Ministerio explica en un comunicado que el Reglamento de Ejecución de la Directiva armonizada establece y especifica un sistema de presunciones uniforme en el ámbito de la Unión Europea, y directamente aplicable por los operadores.

Allí se señalan los documentos y circunstancias que pueden emplearse como medios de prueba de que los bienes han sido efectivamente expedidos o transportados desde un Estado miembro al otro.

Con esta medida se trata de cumplir con la transposición de las modificaciones normativas de carácter reglamentario derivadas de la aprobación de la Directiva (UE) 2018/1910 del Consejo de 4 de diciembre de 2018, por la que se modifican determinadas obligaciones respecto del impuesto sobre el valor añadido para el tratamiento de los denominados acuerdos de ventas en consigna, explica la cartera.

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Alejandro Villalobos:
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