El Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 17/2019, de 23 de diciembre, con medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda, quedó anulado en parte por una decisión del Tribunal Constitucional.
El Decreto-ley también iba contra el artículo único de decreto-ley del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 1/2020, de 21 de enero, y modifica el anterior, así como contra el Acuerdo del Parlamento de Cataluña de 4 de marzo de 2020 de validación del último decreto-ley 1/2020.
El Constitucional examinó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por 86 diputados del Grupo Parlamentario del PP en el Congreso.
Luego, declaró inconstitucionales diversos artículos de la norma, como la definición de vivienda vacía o la de función social, que son básicas para la aplicación de la norma.
Sin embargo, el Pleno del Tribunal Constitucional no ha entrado a valorar si estos artículos invaden competencias del Estado, como argumentaba el PP en su recurso, sino que se queda en el vehículo legislativo empleado, el decreto ley, cuando se precisaba incluir la norma en una ley. Así, si el Parlament aprueba estas cuestiones por ley, se volverá a la casilla de salida.