Deducción por maternidad en IRPF ahora es digital

La Agencia Tributaria (Aeat) desarrolló un servicio de impresión en papel a través del cual los beneficiarios de la deducción por maternidad harán la solicitud.

Para deducir este elemento de la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el contribuyente tendrá que usar de forma obligatoria el servicio, cuando entre en vigor la Orden Ministerial que ultima el Ministerio de Hacienda.

Hasta ahora, esta solicitud se hace con un modelo preimpreso en el que el contribuyente llena los campos requeridos para su posterior remisión por correo o bien la presentación directa en cualquier Delegación o Administración de la Aeat.

Para la presentación telemática, resultará posible presentar el modelo mediante la utilización de un sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario (cl@ve Pin), que ya se emplea, por ejemplo, para realizar la declaración del IRPF. También, se podrá seguir empalado los actuales sistemas de certificado electrónico admitido por la Aeat.

Será necesario tener en cuenta las modificaciones introducidas recientemente en el IRPF, a través del Real Decreto 1461/2018, de 21 de diciembre, que establece junto con el acogimiento, la figura de la delegación de guarda para la convivencia preadoptiva, dentro de los supuestos que generan el derecho a la deducción por maternidad y, en consecuencia, al derecho a su abono anticipado.

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Alejandro Villalobos

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