El Tribunal Supremo de España (TS) ha decidido que el cliente es el que tiene que pagar el impuesto por firma de hipoteca, así que los bancos no tendrán que hacer frente a otra devolución masiva de gastos a los hipotecados.
De hecho, el gasto más grande al hacer una hipoteca es el de Actos Jurídicos Documentados, que correrá a cargo del cliente, así como ha avanzado el TS, aunque no se conocen los detalles de la argumentación de la sentencia hasta que no se publique por completo.
En realidad, el Alto Tribunal ha sentenciado que los bancos solo están obligados a compartir los gastos derivados de los documentos físicos que se firman en el notario, es decir, el timbre del papel oficial, que es un desembolso mínimo en comparación con el resto de cargas a la hora de firmar un crédito hipotecario.
Por su parte, el Supremo declaró nulas por abusivas las cláusulas hipotecarias que cargaban en el cliente la totalidad de los gastos en diciembre de 2015. Sin embargo, no detalló cuáles de esos gastos debían corresponder al cliente y cuáles al banco.
Por ejemplo, el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Oviedo (España), que desde el pasado día 1 de junio atiende en exclusiva todas las demandas presentadas en el Principado de Asturias relativas a la reclamación de cláusulas suelo abusivas y gastos de tramitación de hipotecas, ya ha notificado 413 sentencias.