Juzgado rechaza confinamiento de jóvenes en Palma sin el positivo en COVID-19

El confinamiento que no han dado positivo por COVID-19 en Palma es rechazado por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma, al ratificar parcialmente la medidas sanitarias.

Es un auto que se puede recurrir, pero que rechaza avalar el confinamiento en régimen de aislamiento y bajo custodia policial de los jóvenes que no han dado positivo.

Cientos de jóvenes están retenidos en el hotel Bellver, de Palma, luego de un brote de coronavirus con epicentro en la isla. Están confinados tanto positivos al virus, como los negativos

La juez Sonia Martín Pastor concluyó que la medida adoptada por la directora General de la Conselleria de Salut Pública i Participació del Govern de las Islas Baleares no es proporcionada al limitar un derecho fundamental.

Según explica en la resolución, que publicó Confilegal, la Administración balear no ha acreditado que ese grupo de jóvenes se trate de contactos estrechos con los positivos.

De este modo, solo ratifica el aislamiento durante 10 días de las personas que han dado positivo en COVID-19.

De acuerdo con la sentencia, “el confinamiento debe producirse no por el potencial diagnóstico, sino por haber un diagnóstico cierto, es decir, un PCR positivo, o un diagnóstico muy probable, de quien haya sido un contacto directo, continuado y sin las correspondientes protecciones, que aun dando negativo en una prueba PCR pueda considerarse, de acuerdo a criterios médicos, un contacto estrecho y poder desarrollar la enfermedad en los siguientes días”.

Y agrega que son consideraciones avaladas por los actos de la propia Administración, ya que “no se ha confinado a los trabajadores de los hoteles en los que se encontraban alojados los jóvenes”, pese a que como consta en la documentación se han realizado 175 PCR el día 26 de junio a los trabajadores y solo uno de ellos ha dado positivo.

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Alejandro Villalobos

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