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Quien se niegue a vacunarse en Galicia será sancionado

La modificación de la Ley de Salud le permite a Galicia tomar medidas especiales para hacer frente a la pandemia de la COVID-19, lo que incluye sanciones a quienes se nieguen a recibir la vacuna.

La Ley 8/2021, de 25 de febrero, tipifica además, el incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas, el incumplimiento de medidas de limitación de la libertad ambulatoria, de circulación o de reuniones de personas y el del horario de apertura o cierre de establecimientos o de limitación de su aforo.

Las multas para las infracciones muy graves pueden llegar hasta los 600.000 euros.

La reciente modificación contempla la posibilidad de establecer prohibiciones, limitaciones y estrategias de prevención del consumo de bebidas alcohólicas, en especial por las personas menores de edad. Además, se prohíbe el consumo en grupo de bebidas alcohólicas en la vía pública, parques y plazas públicas y otros lugares de tránsito público.

El artículo 38 de la Ley de Salud de Galicia se dispone que, a fin de controlar las enfermedades transmisibles, “se podrán adoptar las medidas oportunas para el control de las personas enfermas, de las personas que estén o hayan estado en contacto con ellas y del ambiente inmediato, así como las que se estimen necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible y que, entre otras, podrán adoptarse las medidas preventivas de sometimiento de las personas enfermas a tratamiento adecuado o sometimiento a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la vacunación o inmunización, con información, en todo caso, de los posibles riesgos relacionados con la adopción o no adopción de estas medidas”.

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Alejandro Villalobos:
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