TJUE apoya al Tribunal Supremo en rechazar intereses demora abusivos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha apoyado al Tribunal Supremo (TS) en rechazar los intereses de demora abusivos. En realidad, el TJUE ha dictaminado que la legislación europea “no se opone a la jurisprudencia” del Supremo que declara como abusiva dicha cláusula.

Además, el Tribunal Europeo también ha avalado la práctica empresarial que consiste en ceder o comprar créditos sin que el consumidor sea informado previamente, otorgue su consentimiento a la operación ni se le ofrezca la oportunidad de recomprar la deuda.

Tanto los intereses de demora abusivos como la práctica de ceder o comprar créditos sin informar al consumidor están relacionados con la compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea (UE) de un criterio jurisprudencial nacional según el cual se presumen abusivas las cláusulas no negociadas de préstamo que fijan un tipo de demora que excede en más de dos puntos porcentuales el tipo de interés ordinario.

La sentencia del TJUE señala que “la directiva sobre cláusulas abusivas no es aplicable a la mencionada práctica empresarial de cesión o compra de créditos frente a un consumidor, así como tampoco lo es a disposiciones nacionales que regulan la trasmisión de créditos”.

Por otro lado, el TJUE aconsejó a los clientes que quieran contratar una hipoteca multidivisa que estuvieran muy bien informados por los bancos. De hecho, el Tribunal de Justicia considera que la cláusula multidivisa forma parte del objeto principal del contrato de préstamo.

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Cristina Pérez

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